entidades receptoras

Red de Entidades

CÓMO SOLICITAR LA RECEPCIÓN DE ALIMENTOS DEL BANCO

Las entidades que pueden ser receptoras de los alimentos de que dispone el Banco de los Alimentos son las siguientes:
Entidades privadas, de iniciativa social y sin ánimo de lucro, aunque tengan ingresos, siempre que estos ingresos no cubran las ayudas alimentarios y que el coste de su funcionamiento no esté financiando por el presupuesto de ningún organismo público o privado.

  • Entidades puramente asistenciales (que no están constituidas legalmente, como pueden ser, por ejemplo, las parroquias).
  • El Banco de los Aliments no puede ayudar a las entidades privadas de iniciativa mercantil, es decir, con ánimo de lucro.

Para convertirse en Entidad Receptora del Banco de los Alimentos de acuerdo con los objetivos de solidaridad, la Entidad Receptora se compromete a respetar los criterios de distribución a los beneficiarios señalados en los siguientes pasos:
Requisitos aceptación (PDF)
Documentos aceptación (PDF)
Compromisos (PDF)

Cuando una entidad de interés social se dirige al Banc dels Aliments pidiendo ser aceptada como receptora de alimentos, deberá seguir un proceso que en síntesis es el siguiente:

  • Dirigir una carta de solicitud explicando su actividad, las personas a las que atiende, y los recursos de que dispone.
  • A la recepción de la carta, el departamento de distribución y relación con las entidades, convocará a los representantes de la Entidad a una entrevista personal. En esta entrevista se examinará con más detalle su funcionamiento para determinar si cumple los requisitos exigidos por el Banco.
  • En caso afirmativo, el Banco programará una visita de sus voluntarios en las instalaciones del la Entidad para elaborar un informe sobre este funcionamiento.
  • Este informe será sometido a la Comisión de Aceptación de nuevas Entidades en su primera reunión (la Comisión se reúne habitualmente dos veces al año).
  • En caso de aprobación de la solicitud se convocará nuevamente el representante de la Entidad a una reunión de bienvenida como nuevos receptores del Banc dels Aliments. En esta reunión le será entregado el carné como Entidad Receptora.

RECUENTO DE BENEFICIARIOS

El Banco de los Alimentos asigna las cantidades de alimentos a recibir por cada Entidad Receptora según el número y tipología de beneficiarios. El recuento de beneficiarios se pide una vez al año a todas las entidades y siempre que se efectúa una visita de seguimiento.